martes, 23 de febrero de 2010

Liberalismo clásico y "la ley de la selva"


Uno de los argumentos que en ocasiones se esgrime en contra del liberalismo clásico es que se trata de un sistema político caracterizado por lo que ciertos críticos suelen denominar “la ley de la selva”.

El llamado liberalismo clásico esencialmente se caracteriza por maximizar la libertad y minimizar al poder del Estado, tal como ha sido expuesto a través de los tiempos por pensadores tales como Aristóteles, Smith, Hume, Hayek, Locke, Friedman, Montesquieu, de Tocqueville, Burke, Popper, entre otros, y que es diferente de aquel liberalismo caracterizado por una expansión de la autoridad del Estado sobre casi todo tipo de conducta humana, principalmente en el campo económico, y que es la forma con que actualmente se conoce al liberalismo en EE.UU. En este texto el término liberal se refiere al liberalismo clásico y no a éste último.

La expresión “ley de la selva” aplicada a la posición liberal clásica se usa básicamente para dar a entender que en dicho orden político cada persona está por sí misma, sin tomar en cuenta a las demás, en donde “todo se vale”, primando la supervivencia del más fuerte. La falla atribuida al liberalismo clásico es que asume que la persona tiene como único interés el propio y que no toma en cuenta intereses distintos de éste, actuando así en consonancia.

El liberalismo clásico como orden político está reglado por el principio de legalidad, que esencialmente garantiza la libertad de cada individuo frente a la coerción. Esto es, asigna al Estado la función de protegerlo del abuso que otros puedan pretender imponer sobre su persona. Se supone que en una “ley de la selva” el más fuerte sería quien se impusiera —como “animalitos”— en tanto que, en una sociedad liberal, el principio de la igualdad ante la ley de las personas garantiza la igualdad de los derechos de cada individuo. Esto implica someter con la fuerza de la ley ejecutada por el Estado a quien pretenda despojar a otros de su libertad innata. “El más fuerte” sería así restringido al intentar ir más allá de los límites fijados a su propia libertad, esencialmente que se le impida traspasar los dominios de libertad de otras personas en sociedad.

En el sistema liberal el monopolio de la fuerza en manos del Estado garantiza que los individuos sean iguales ante la ley. Garantiza la libertad de los individuos ante quien amenace despojarles de ella. En la concepción liberal el Estado es también limitado, a diferencia de lo que caracteriza a órdenes políticos totalitarios. Aquí resulta crucial la existencia de una Constitución que de alguna manera reconozca los derechos primarios innatos a las personas; esto es, su libertad, ante el poder del Estado. Es necesario que el Estado tenga un lugar propio limitado por el principio de legalidad, de manera que se proteja a las personas del abuso que ese Estado pueda cometer contra ellas.

Entre las instituciones básicas del liberalismo clásico que se han ido desarrollando a través del tiempo para limitar dicho poder del Estado, se encuentran no sólo aquellas propias del orden político, tales como división de poderes, frenos y contrapesos entre distintos poderes públicos, la existencia de un parlamento, sino crucialmente el derecho a la propiedad que poseen las personas. Como dice Hayek, “La ley, la libertad y la propiedad son una trinidad inseparable. No puede haber ley en el sentido de reglas universales de conducta que no determine límites a los dominios de la libertad al fijar reglas que permiten a cada cual estar seguro de adónde es libre de actuar” (Friedrich A. Hayek, Law, Legislation and Liberty, Vol. 1: Rules and order, Chicago: The University of Chicago Press, 1973, p. 107). De aquí se deriva aquella idea fundamental del liberalismo de que los individuos son libres de actuar en todo aquello que la ley no prohíba así hacerlo, en tanto que el Estado sólo puede actuar en aquellos campos en los cuales la ley se lo permite.

En la anarquía —ausencia de Estado— regiría la ley del más fuerte en el sentido de que no habría ley que limitara tal posibilidad (excepto algunos teóricos que señalan que la ley, mediante la costumbre, surgiría espontáneamente, limitando el accionar de los individuos). No voy a referirme al tema de las utopías como tampoco al hecho de que es imposible, en un orden que cambia permanentemente como es el sistema liberal, definir para siempre los derechos de propiedad, lo cual requiere la existencia de un Estado que evite conflictos sobre derechos de propiedad mediante un proceso que los defina en cuanto necesario. Me parece que este es un papel que el Estado debe desempeñar en un orden político liberal.

Se puede rechazar la acusación inicial de que el orden liberal descansa en la llamada “ley de la selva”, sino que, por el contrario, limita el papel del Estado a un mínimo necesario para garantizar la libertad de los individuos, a la vez que el interés propio individual se ve limitado por el mismo derecho que por ley poseen las demás personas.

Una consideración final acerca de la idea de que el liberalismo falla en cuanto a que en dicho orden político la persona tiene como único fin el interés propio, sin tomar en cuenta otros intereses diferentes a éste. A ello en ciertos sectores se le ha llamado el carácter egoísta del liberalismo. Otras versiones similares destacan que el liberalismo se fundamenta en la avaricia o en el consumo sin freno. Pero es un error adscribirle al liberalismo la exclusividad en cuanto a defectos humanos, pues estos son propios de cualquier orden político. Por ello me parece muy afortunada la advertencia que formula Pedro Schwartz, al indicar que “todos esos vicios connaturales a los seres humanos (avaricia, egoísmo, prepotencia ante el consumo) aparecen en la sociedad libre más a las claras que en las pacatas (tímidas, tranquilas o pacíficas) sociedades cerradas de la Edad de Oro ‘dichosa’, como decía Don Quijote, ‘porque entonces los que en ella vivían ignoraban dos palabras de tuyo y mío’” (Pedro Schwartz, "Los límites de la razón y la ética del liberalismo", en Nuevos ensayos liberales, Madrid: Espasa Hoy, 1999, p. 223. Los paréntesis son míos).

Si bien el orden liberal es precisamente más abierto en cuanto a que permite reflejar las debilidades individuales, eso no significa que tales debilidades estén ausentes en otros órdenes políticos, los cuales, al posiblemente no ser tan abiertos como lo es lo propio del orden liberal, ocultan tales condiciones. En todo caso, el error radica en confundir el término egoísmo con lo que podría denominarse amor propio, que, cuando se degenera, se convierte en egoísmo, razón que parece subyacer la afirmación de Adam Smith en laTeoría de los sentimientos morales, de que “En mucha ocasiones también interesarse en nuestra propia felicidad e interés parece ser un principio de acción muy plausible. Los hábitos de la economía, la industria, la discreción, la atención y la aplicación del pensamiento, se suponen que generalmente son cultivados a partir de motivaciones en el interés propio y al mismo tiempo son entendidos como calidades muy valiosas que merecen la estima y aprobación de todos” (Adam Smith, The Theory of Moral Sentiments, Indianapolis: Liberty Classics, 1969, p. 481).

La libertad, la ausencia de coerción base del orden liberal, para proseguir los intereses propios es tan importante para el individuo egoísta como para el mayor de los altruistas, quienes así pueden actuar en el logro de sus propias escalas de valores. Lo normal en la conducta de las personas es incorporar los intereses propios en su toma de decisiones, pero también los de sus familias, amigos, vecinos y asociados; esto es, como dice Hayek, “Uno de los derechos y deberes fundamentales del hombre libre es decidir qué necesidades y qué necesitados se les antojan más importantes” y señala que “parte esencial de la libertad y de las concepciones morales de una sociedad libre es la elección de nuestros asociados y, generalmente, de aquellos cuyas necesidades hacemos nuestras” (Friedrich A. Hayek, Los fundamentos de la libertad, Madrid: Unión Editorial, 1975, p. 94).

Lejos de estar el orden liberal clásico regido por la “ley de la selva”, más bien se caracteriza por la conducta pacífica de los individuos, quienes se encuentran sujetos a la ley común que exige respeto a la libertad de todas las personas y en donde el Estado, que podría convertirse en el mayor conculcador de esas libertades individuales, más bien se encuentra limitado en su ámbito por la garantía constitucional de defensa de las libertades personales.

Carlos Federico Smith

Colaborador de la Asociación Nacional de Fomento Económico de Costa Rica (ANFE).

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